Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.7 del Reglamento Common de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. A partir del 31 de diciembre https://listbell.com/story9028785/the-ultimate-guide-to-foto-del-carn%C3%A9-de-conducir-espa%C3%B1ol